| Normatividad de la Propuesta de la Coordinación de Apoyo de Elaboró M. en C. Ramón Castillo Ocampo rcastill@ulsac.edu.mx
La Red Internacional de Investigación Lasallista (RIILSA) es la respuesta de las áreas de investigación de las instituciones lasallistas a:
Es decir, RIILSA es una respuesta a un reto global desde una perspectiva lasallista. Formalmente RIILSA nace en octubre de 2000 durante el 1er Congreso Internacional de Investigación en Instituciones Lasallistasde Educación Superior en Latinoamérica convocado por la Universidad De La Salle de Bogotá, Colombia. En esta reunión participaron las siguientes instituciones. 1) Centro de Educación La Salle de Enseñanza Superior de Brasil 2) Corporación Lasallista Universitaria de Medellín (Colombia) 3) Enginyeria i Arquitectura La Salle Barcelona (España) 4) Instituto Superior de Ciencias Religiosas “San Pío X” de Madrid 5) Universidad De la Salle Bajío (México) 6) Universidad De La Salle Bogotá (Colombia) 7) Universidad La Salle (México) 8) Universidad La Salle Benavente (México) 9) Universidad La Salle Cancún (México) 10) Universidad La Salle Costa Rica. 1 Learning: the treasure within, Report to UNESCO of the International Commission on Education for the Twenty- first Century prepared by Jacques Delors et al, UNESCO, 1998 12) Universidad La Salle Guadalajara (México) 13) Universidad La Salle Pachuca (México) En esa ocasión se establecieron como objetivos específicos de la RIILSA 4
Uno de los primeros acuerdos tomados fue la elección de Coordinación General RIILSApor periodos de dos años. La primera Coordinación General de RIILSA estuvo a cargo de la Universidad De La Salle Bogotá, como Coordinadoras de Apoyo se eligió –por Europa- a la Universidad Ramón Llull y -para Latinoamérica - a la Universidad La Salle (México). En 2003 se eligióa la Universidad La Salle (México) como Coordinadora General de RIILSA. A la reunión de octubre de 2000 le sucedieron las reuniones temáticas realizadas en la Universidad La Salle México (octubre 2002) y en la Universidad La Salle Cuernavaca, México (octubre 2004). La designación de coordinaciones de apoyo por funciones fue uno de los acuerdos tomados en el pleno de la reunión de octubre de 2004. En la sección 2 de este documento se presenta la propuesta de Normatividad de la Red Internacional de Investigación La Salle (RIILSA); resultado del trabajo de la Coordinación de Apoyo de Normatividad. 4 Memorias 1er Congreso Internacional de Investigación en Instituciones Lasallistas de Educación Superior enLatinoamérica , Bogotá, Colombia, octubre 2000 Sección 2 De la Red Internacional de Investigación La Salle Articulo 1).- La Red Internacional de Investigación La Salle (RIILSA) tiene como objetivos
De los Miembros de RIILSA Articulo 2).- RIILSA tendrá miembros fundadores y miembros. Articulo 3).- Son miembros fundadores de RIILSA las instituciones Lasallistas de Educación Superior que participaron en al menos uno de los siguientes eventos
Articulo 4).- Serán miembros de RIILSA las instituciones lasallistas de educación superior que lo soliciten de manera institucional a la Coordinación General su incorporación. Articulo 5).- Los miembros fundadores y los miembros serán referidos subsecuentemente como los Miembros salvo en aquellos casos que sea necesario distinguirlos. De las Funciones Generales de RIILSA Articulo 6).- RIILSA realizará las siguientes funciones generales
De la Estructura de RIILSA Articulo 7).- Son órganos de RIILSA
Articulo 8).- La Coordinación General será elegida por votación directa de los Miembros Articulo 9).- La Coordinación General podrá establecer o proponer las coordinaciones de apoyo que considere necesarios y por votación serán ratificados con al menos 50% de miembros por mayoría simple. Articulo 10).- Para poder ser candidato a la Coordinación General se requiere:
Articulo 11).- Las Coordinaciones de Apoyo serán elegidas por votación directa de los Miembros. Articulo 12).- Cada Miembro sólo podrá ser Titular de una de las coordinaciones establecidas, en cada periodo. Articulo 13).- La decisión será válida cuando en la votación participen al menos la mitad más uno de las instituciones que conforman RIILSA. Articulo 14).-Cada miembro solo tendrá derecho a emitir un voto en cada elección. Articulo 16).- Se realizarán reuniones presenciales cada dos años por convocatoria de la Coordinación General. Articulo 17).- La sede de la reunión presencial será designada por los Miembros en la modalidad designada por la Coordinación General. Articulo 18).- La Coordinación General y la institución sede de la reunión presencial determinarán la cuota de recuperación por participante. De las Facultades y Obligaciones de los Miembros Articulo 19).- Son facultades de los Miembros
Articulo 20).- Son obligaciones de los Miembros
De la Admisión de Nuevos Miembros Articulo 21).- Los Secretariados para la Misión Educativa Lasallista (SMEL) de los Distritos y todas las instituciones lasallistas de educación superior podrán solicitar su afiliación a RIILSA. Articulo 23).-En la solicitud de afiliación se designa a la persona que la representará a la Institución solicitante ante RIILSA. Articulo 24). -La Coordinación General integrará los datos de la institución solicitante y a su representante al directorio de miembros y le comunicará formalmente su admisión a RIILSA Articulo 25).- La Coordinación General informará a los Miembros sobre el ingreso del nuevo miembro. De la Permanencia de los Miembros Articulo 26).- La institución lasallista de educación superior miembro de RIILSA podrá separarse de RIILSA vía comunicación formal de la Rectoría a la Coordinación General de RIILSA. Transitorios Articulo 1).- Aquellos aspectos no contemplados en esta Normatividad serán atendidos por la Coordinación General de RIILSA quien convocará a los Miembros para resolver la situación.
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