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CONDICIONES GENERALES:

Definición de accidente: 

Un acontecimiento provocado por una causa externa súbita, fortuita y violenta que lesiona al Asegurado ocasionándole daños corporales o la muerte. No se considera accidente cualquier lesión corporal o daño provocado intencionalmente por el propio Asegurado.
  
RIESGOS CUBIERTOS:

Se cubre exclusivamente la actividad escolar y durante el año escolar sin incluir vacaciones, a los alumnos de Bachillerato y Licenciatura que figuran en el registro de asegurados de un mismo plantel y que representan el 100% de la colectividad.
Mediante este seguro quedan amparadas las siguientes coberturas:
 
·         Muerte Accidental
·         Pérdidas Orgánicas
·         Reembolso de Gastos Médicos por Accidentes
 
SUMAS ASEGURADAS INDIVIDUALES
 
COBERTURA ASEGURADA
SUMA
   Muerte Accidental
   $ 30,000.00
   Perdidas Orgánicas
   $ 30,000.00
   Reembolso de Gastos Médicos por accidente
   $ 15,000.00
   Deducible sobre Reembolso de Gastos Médicos
   s/d


EL SEGURO OPERA BAJO LAS SIGUIENTES PREMISAS:

1.- Dentro del edificio o predio de la escuela.
2.- Asistiendo o participando en un evento organizado, programado, aprobado y supervisado por la autoridad de la escuela.
3.- Viajando  en  grupo  directamente  desde  o  hasta  el  lugar  donde  se    efectúen los eventos descritos en el inciso 2 que antecede y dentro de la República Mexicana.
4.- Dirigiéndose directa e ininterrumpidamente desde su domicilio hasta la escuela o viceversa por cualquier medio de transporte, excepto en   motocicleta o motoneta, con el propósito de asistir a las actividades propias de la misma.

 
MUERTE ACCIDENTAL: 
Mediante esta cobertura, la compañía cubrirá la suma asegurada contratada si el asegurado fallece a consecuencia directa de un accidente dentro de los 90 días siguientes al mismo.

PÉRDIDAS ORGÁNICAS POR ACCIDENTE: 

Si a consecuencia de un accidente el asegurado sufre pérdida de miembros, se le indemnizará de acuerdo a la escala contemplada en la póliza correspondiente.
Para efecto de lo anterior, se entenderá  por pérdida de la mano, su mutilación o anquilosamiento total al nivel de la articulación carpo-metacarpiana o arriba de ella; por pérdida del pie, su mutilación o anquilosamiento completo desde la articulación tibio-tarsiana o arriba de ella; por pérdida de los dedos, la mutilación o anquilosamiento desde la coyuntura o metatarso falangeal o arriba de la misma. En cuanto a los ojos, la pérdida completa e irreparable de la vista.
 
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE
Si como consecuencia directa de un accidente y dentro de los 10 días siguientes al mismo, el asegurado se viera precisado a someterse a tratamiento médico o intervención quirúrgica, hospitalizarse o hacer uso de los servicios de enfermera, ambulancia, medicinas o estudios de laboratorio y de gabinete, la Compañía reembolsará el monto de las mencionadas asistencias, previa comprobación.
 
EXCLUSIONES GENERALES:
·         Enfermedades, padecimientos o intervenciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sean motivados directamente por lesiones provocadas por un accidente o por accidentes ocurridos fuera de la vigencia de la póliza.
·         Lesiones  por infección, envenenamiento o por inhalación de humos, gases, salvo cuando se demuestre que fue a consecuencia de un accidente.
·         Por  accidentes que sufra el asegurado estando bajo el influjo de alguna droga o enervante de uso ilícito, salvo que sea prescrito por un médico.
·         Homicidio derivado de la participación directa del asegurado en hechos delictivos intencionales, suicidio o conato de él, o mutilación voluntaria, aun cuando se cometa en estado de enajenación mental.
·         Lesiones sufridas en servicio militar de cualquier clase, guerra declarada o no, rebelión, insurrección, tumultos, manifestaciones populares o actos delictivos intencionales en lo que participe directamente el asegurado.
·         Hernias y eventraciones, excepto si son de carácter accidental.
·         Aborto, cualquiera que sea su causa.
·         Los gastos incurridos por el acompañante del Asegurado, con excepción de la cama extra en el hospital.
·         Enfermedades o deficiencias mentales, trastornos de la personalidad, aún las que resulten, mediata o inmediatamente, de las lesiones amparadas.
·         Lesiones o accidentes que se produzcan como consecuencia directa de enfermedades o padecimientos preexistentes, entendiéndose por estos, aquellos que se hubieran manifestado antes del inicio de vigencia de la póliza que: fueron diagnosticados por un médico, provocaron un gasto, fueron aparentes a la vista o los que por sus síntomas o signos no pudieron pasar desapercibidos.
·         Accidentes que ocurran cuando el asegurado se encuentre como piloto, mecánico en vuelo o miembro de la tripulación de una línea aérea o abordo de cualquier tipo de avión que no sea de línea aérea regular debidamente autorizada para operar y que se encuentre en viaje de itinerario regular entre destinos establecidos.
·         Lesiones que el Asegurado sufra como pasajero en Taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transportes regular de pasajeros.
·         Como ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículo de carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad.
·         Accidentes que ocurran mientras el asegurado se encuentre realizando actividades deportivas profesionales, así como también la práctica de paracaidismo, buceo, práctica de vela, charrería, esquí, alpinismo, tauromaquia, vuelo en delta, box, lucha libre y grecorromana, rafting, rappel y jetsky.

 
“LA COBERTURA NO AMPARA PERIODOS VACACIONALES, NI CURSOS INTERSEMESTRALES. “

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE UN ACCIDENTE

Aplican 2 modalidades:

1.- POR REEMBOLSO:
El alumno deberá acudir a la Tesorería a solicitar los formatos de Informe médico y de Reclamación de Siniestro o bien, imprimirlos directamente del link anterior.
El alumno acudirá con el médico que lo atendió a fin de que sea él quien elabore el Informe médico en el formato establecido.
El formato anterior deberá ser entregado en la Tesorería para solicitar el reembolso a la Aseguradora.
 
Documentos que se anexan al formato de solicitud:
·         Facturas y recibos debidamente formulados con los siguientes datos fiscales:
Nombre:     Mapfre Tepeyac, S.A.
Domicilio:   Boulevard Magnocentro No. 5
Colonia Centro Urbano Interlomas
San Fernando Huixquilucan
C.P. 52760
Estado de México
RFC: : MTE-440316-E54
 
·         Radiografías y tomografías (acompañadas de la interpretación médica)
·         Receta médica (con desglose de medicamentos).
·         Informe médico.
·         Demás gastos originados como consecuencia del accidente.
·         Copia de la Credencial d el alumno.
·         En caso de accidente vial, deberá enviar el acta del Ministerio Público Estatal o de la Policía Federal de Caminos.
·         El tiempo aproximado para el reembolso de los gastos originados es de 30 a 40 días.
 
Precisiones importantes:
·         Es indispensable que el Informe médico sea contestado en todos sus puntos  claramente. Detallar exactamente como ocurrió el accidente y verificar que el diagnóstico sea claro y concreto.
·         Es necesario que los comprobantes de las erogaciones se presenten en original. Las copias o duplicados para efecto de reembolso no tienen validez.
·         Los recibos de honorarios de médicos, ayudantes, anestesistas y enfermeras deberán especificar el número de cédula profesional, registro de la Secretaria de Salud, Registro Federal de Contribuyentes, número de folio y concepto.
·         Al momento de adquirir medicinas deberá anexarse a la nota de farmacia la receta del médico, tachando de esa nota aquellos medicamentos o artículos que no correspondan a la alteración de salud reclamada. Solicite siempre factura, los tickets carecen de validez.
·         Si el hospital, médico, laboratorio, etc., expide un recibo por el importe total de la cuenta, será necesario solicitar el desglose por cada uno de los conceptos que ampara.
 
2.- POR PAGO DIRECTO:
Solo aplica con el Hospital Intermédica, con domicilio en:
Boulevard Luis Donaldo Colosio 212
Fraccionamiento Arboledas de San Javier
C.P.42084
Pachuca de Soto, Hidalgo
01 771 716 7270
 
Para tal efecto, el alumno avisará de su accidente a la Universidad La  Salle Pachuca, A.C; específicamente al área de Tesorería, quien a su vez, realizará el trámite conducente con dicho hospital para que aplique esta modalidad.
Es importante que al momento de solicitar el servicio médico el alumno presente la credencial que lo acredita como alumno de la Institución.
Octubre de 2010.

 

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